
Publicado:
04/06/2024
¿Cómo calcular el impuesto de matriculación?
El impuesto de matriculación se calcula en base a la base imponible del vehículo, que es su coste total sin IVA, y a las emisiones de dióxido de carbono (CO2) que éste genera.
Para calcularlo se debe conocer el valor de la base imponible en primer lugar, esto dependerá de si se trata de un vehículo nuevo para el que será necesario consultar la factura de compraventa o documento de compra del vehículo, o si se trata de un vehículo de importación para el que se tendrá que consultar la documentación de importación.
Por otro lado, hay que conocer las emisiones de CO2, en el caso de los vehículos nuevos estará en la ficha técnica del vehículo o en la documentación facilitada por el fabricante. Mientras que si se trata de un vehículo de importación tendrás que solicitar un certificado de emisiones CO2 al fabricante o a un organismo autorizado.
Una vez claras las emisiones de tu vehículo tendrás que aplicar el porcentaje correspondiente, te los dejamos a continuación:
- 0%: Emisiones iguales o inferiores a 144 gr CO2/km.
- 4,75%: Emisiones mayores de 144 gr CO2/km y menores de 192 gr CO2/km.
- 9,75%: Emisiones mayores o iguales a 192 gr CO2/km y menores de 240 gr CO2/km.
- 14,75%: Emisiones mayores o iguales a 240 gr CO2/km.
Por último, tendrás que multiplicar la base imponible según tu vehículo con el porcentaje correspondiente. El resultado será el importe de este impuesto
¿Qué es?
Ya hemos visto cómo calcularlo, pero ¿qué es? También conocido como Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (IEDMT), es un tributo que se paga en España al matricular un vehículo por primera vez, ya sea nuevo o usado si se matricula por primera vez en España. Es uno de los impuestos de un vehículo en España y tiene como objetivo desincentivar la compra de vehículos contaminantes y fomentar el uso de vehículos más respetuosos con el medio ambiente.
Características del impuesto de matriculación:
- Hecho imponible: La primera matriculación definitiva de vehículos, nuevos o usados, provistos de motor para su propulsión.
- Base imponible: El coste total del vehículo sin IVA.
- Impuesto: Variable en función de las emisiones de CO2 del vehículo.
¿Cuándo se paga?
Se paga en el momento de realizar la matriculación definitiva del vehículo, ya sea nuevo o usado si es la primera vez que se matricula en España.
Es decir, se paga al comprar un vehículo nuevo: Junto con el IVA y el precio del vehículo. También al importar un vehículo de segunda mano: En el proceso de matriculación en España. O al vender un vehículo de segunda mano exento de este impuesto: Si se dan las condiciones para la exención.
El responsable del pago de este impuesto es el comprador del vehículo.
El pago se puede realizar a través de diferentes medios:
- Modelo 576: De forma presencial en la Agencia Tributaria o de forma telemática a través de la Sede Electrónica.
- Entidad colaboradora: En algunas Comunidades Autónomas, puedes realizar el pago a través de una entidad colaboradora autorizada.
Exenciones
Este impuesto no se aplica a todos los vehículos. Existen algunas exenciones y bonificaciones que pueden reducir o eliminar el pago de este impuesto.
Entre las exenciones totales se encuentran:
- Vehículos eléctricos: Quedan totalmente exentos de este impuesto los vehículos de tracción eléctrica con autonomía mínima de 40 km o aquellos con emisiones de CO2 homologadas iguales o inferiores a 0 gr/km.
- Vehículos de movilidad reducida: Las personas con discapacidad que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley pueden estar exentas del pago del Impuesto de Matriculación para un vehículo adaptado a sus necesidades.
- Vehículos de autoescuelas: Los vehículos destinados a la enseñanza de la conducción están exentos del Impuesto de Matriculación.
- Vehículos diplomáticos: Los vehículos matriculados a nombre de Misiones Diplomáticas acreditadas en España y de los agentes diplomáticos están exentos del Impuesto de Matriculación.
- Vehículos para transporte de enfermos: Las ambulancias y vehículos destinados a la vigilancia y ayuda en carreteras y autopistas están exentos del Impuesto de Matriculación.
También existen bonificaciones para este impuesto, entre las que destacan:
- Familias numerosas: Las familias numerosas tienen derecho a una bonificación del 50% en el pago.
- Vehículos ecológicos: Algunos vehículos híbridos y de gas pueden tener una bonificación en el, dependiendo de sus emisiones de CO2.
Otras noticias que te pueden interesar


